Para dar cumplimiento al auxilio contemplado en la presente Ley, en el Presupuesto de la próxima vigencia se incluirán, necesariamente, las sumas de que trata el artículo anterior, y en caso de no hacerse, se autoriza al Gobierno Nacional, para hacer los traslados y demás operaciones presupuestales que fueren indispensables.
Ley 23 de 1966 →Vigente
Artículo 5
Ley 23 de 1966 · Por la cual se honra la memoria del eminente colombiano doctor Román Gómez
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.