Micelio

Artículo 70

El Rector Designará El Número De Consejos De Exámenes Que Deben Funcionar Diariamente, Los Días Y Las Horas En Que Se Verifiquen, Según El Número De Alumnos Y El Tiempo De Que Se Disponga, Y Dará Parte Al Ministro De Instrucción Pública Para Que Autorice Su Publicación

Decreto 369 de 1906 · Por el cual se reglamenta la facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Rector designará el número de Consejos de exámenes que deben funcionar diariamente, los días y las horas en que se verifiquen, según el número de alumnos y el tiempo de que se disponga, y dará parte al Ministro de Instrucción Pública para que autorice su publicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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