Micelio

Artículo 2.2.4.19.2

Comisión Temporal Sobre La Cotización Para Financiar Los Gastos De Administración Del Componente Complementario De Ahorro Individual

Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisión temporal sobre la cotización para financiar los gastos de administración del Componente Complementario de Ahorro Individual . Corresponde a la comisión dirigida a financiar los gastos de administración de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI) en la que se encuentre el afiliado y se calculará de acuerdo con las siguientes condiciones: a) El valor de esta comisión tendrá una tendencia decreciente gradual en cumpli­miento de lo establecido en el artículo 23,

Parágrafo 4

de la Ley 2381 de 2024. b) Del 1° de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025 será el 0.8% de la cotización sobre la parte del Ingreso Base de Cotización que supere los dos puntos tres (2.3) SMMLV y hasta veinticinco (25) SMMLV. c) A partir del 1° de enero de 2026 esta comisión será de 0.76% y convergerá a cero (0) puntos de la cotización sobre la parte del Ingreso Base de Cotización que supere los dos puntos tres (2.3) SMMLV y hasta veinticinco (25) SMMLV, en un periodo de 20 años con una disminución anual de 0.04%.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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