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Artículo 3

Funciones Y Actividades De La Comisión

Decreto 1997 de 2019 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Coordinación del Subsector de la Economía Solidaria que presta servicios de ahorro y crédito, se dictan disposiciones para su funcionamiento y se adiciona un artículo al Título 3 de la Parte 1 del Libro 1 del Decreto número 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones y actividades de la Comisión . La CCAC desarrollará las siguientes funciones y actividades, sin perjuicio de las competencias, facultades y potestades decisorias que, de acuerdo con la ley y los actos de creación o de reestructuración, le correspondan a cada una de las entidades participantes

a)

Impartir lineamientos orientados a la homogeneidad de la información del sub¬sector, de los sistemas de indicadores y las señales de alerta, para identificar ries¬gos a los que está expuesto, sin perjuicio de un grado razonable de diversidad;

b)

Coordinar entre las entidades que integran la Comisión la implementación de mecanismos de resolución y de comunicación, que puedan entrar a operar en caso de situaciones de estrés financiero relevante o ante la eventual liquidación de las organizaciones del subsector. Estos mecanismos se actualizarán cuando así se requiera en razón al surgimiento de nuevos eventos o características del subsector;

c)

Coordinar el ejercicio de simulacros de situaciones de estrés con miras a evaluar la efectividad de los mecanismos de resolución y comunicación previstos en el literal anterior;

d)

Coordinar mecanismos de intercambio permanente de información sobre riesgos que puedan afectar la estabilidad del subsector o de las organizaciones que lo conforman, cuando dicha información pueda contribuir al cumplimiento de los objetivos de la Comisión y no constituya violación a la obligación de reserva establecida por la ley;

e)

Conformar grupos de trabajo institucional e interinstitucional para la elaboración de estudios o análisis de temas de interés para la Comisión o para sus integrantes;

f)

Compartir las propuestas normativas de regulación e instrucción para el subsec¬tor, si la entidad encargada lo considera pertinente;

g)

Dictar su propio reglamento;

h)

Las demás funciones afines y complementarias, necesarias para cumplir los ob¬jetivos de la Comisión.

Parágrafo

Los miembros e invitados de la Comisión, suscribirán un acuerdo de confidencialidad sobre el tratamiento de la información que conozcan con ocasión de su participación en la Comisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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