Artículo octavo. La División de Estudios Económicos Globales estará dirigida por un Director de División que tendrá las siguientes funciones
Preparar los informes anuales sobre el cumplimiento de los planes de desarrollo, los cuales deben incluir el análisis de los posibles atrasos, las perspectivas y los cambios en la política económica relacionados con dichos planes;
Efectuar revisiones periódicas del Plan General de Desarrollo;
Preparar informaciones trimestrales sobre la coyuntura económica, con especial referencia al cumplimiento del Plan y a los sectores de la actividad económica que presenten atrasos en el cumplimiento de las metas proyectadas;
Iniciar estudios especiales y controlar su realización;
Mejorar las bases estadísticas para la Planeación y representar el Departamento ante el Comité Intergubernamental de Estadística;
Cooperar con los Jefes de las unidades regionales de Planeación en el desarrollo de sus funciones;
Prestar asistencia en materia de técnicas de Planeación a otras Divisiones del Departamento y a los demás organismos oficiales de planeación.