Ley 2 de 1923 · Por la cual se reforman la 72 de 1919 y la 6a de 1922, sobre asignaciones de los empleados nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Jefe de la Sección 4 a , de Justicia, del Ministerio de Gobierno, tendrá una asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150).
Parágrafo
Créanse los puestos de Director de Correos Urbanos de la ciudad de Cúcuta, con la asignación mensual de ochenta pesos ($ 80), y cinco Carteros, con la asignación de quince pesos ($ 15) mensuales cada uno.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.