Dirección de Gestión Catastral . Son funciones de la Dirección de Gestión Catastral, las siguientes
Definir, diseñar y elaborar los productos y servicios derivados de los procesos catastrales para su comercialización.
Dirigir los procesos de prestación del servicio público catastral por excepción.
Dirigir el proceso para avaluar, en última instancia, los bienes inmuebles de interés para el Estado, en los términos en que disponga la ley.
Dirigir la elaboración de avalúos comerciales y administrativos, así como los peritazgos y solicitudes de conceptos técnicos en la materia, de conformidad con la normatividad vigente.
Proponer las especificaciones técnicas y estándares para regular la prestación del servicio público catastral, en coordinación con la Dirección de Regulación y Habilitación.
Coordinar los procesos y proyectos y demás acciones relacionados con la prestación del servicio público catastral por excepción, de manera articulada con la Subdirección General.
Orientar la elaboración y actualización de los procesos de formación, actualización, conservación, difusión y avalúos, proponiendo la implementación de métodos o actividades destinados a promover la optimización de tiempos y recursos.
Establecer los lineamientos funcionales gráficos y alfanuméricos del Sistema de Información Catastral, para los componentes, físico, jurídico y económico.
Realizar seguimiento a la disposición de la información catastral, de conformidad con los estándares establecidos.
Promover el uso, análisis y explotación de los productos catastrales en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones.
Dirigir las acciones administrativas, legales, técnicas y operacionales necesarias para la óptima gestión de las subdirecciones.
Participar en el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.