Micelio

Artículo 1

Ley 4 de 1965 · Por la cual se decretan unos auxilios a las Juntas Comunales en el Departamento del Huila, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxíliase a las Juntas de Acción Comunal que tengan personería jurídica, de los Municipios del Departamento del Huíla, con la suma de dos millones de pesos ($ 2'000.000.00) que serán repartidos en la siguiente proporción:

Para la Juntas del Municipio de Neiva. $1'000.000.00

Para los demás Municipios del Departamento. $1'000.000.00

que se distribuirán en sumas iguales a cada uno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 4 de 1965