Micelio

Artículo 4

Responsabilidad De La Clasificación De Los Eventos Adversos Posteriores A La Vacunación Contra El Covid-19

Decreto 601 de 2021 · Por el cual se desarrollan las competencias de vigilancia de los eventos adversos posteriores a la vacunación contra el Covid-19 y se reglamenta el artículo 4 de la Ley 2064 de 2020

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilidad de la clasificación de los eventos adversos posteriores a la vacunación contra el Covid-19 . Si una persona que ha recibido la vacuna contra el Covid-19 presenta una reacción adversa a la vacunación, debe recibir la atención en salud que requiera por parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud o de los regímenes especiales y de excepción, y los prestadores de servicios de salud que brinden los servicios de salud requeridos deben clasificar el evento como leve o grave.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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