Micelio

Artículo 13

Ley 60 de 1918 · Sobre colonias penales en el departamento Norte de Santander y en la Intendencia del Meta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Restablécese la colonia Penal del Meta, en el Municipio de Restrepo, Intendencia del Meta, y señálase esta colonia como lugar donde deban ser enviados los reos condenados por el delito de hurto o robo de ganado mayor, en los Departamentos del Tolima, Cundinamarca, Boyacá y Comisarías de Arauca, Vichada y Vaupés.

Parágrafo

La organización de esta colonia se someterá a las reglas generales establecidas en esta Ley para la Colonia de Almeida.

Parágrafo

La partida necesaria para atender a los gastos que demanda la Colonia del Meta, se considerará incluída en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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