Micelio

Artículo 1

Decreto 413 de 1994 · por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . CONFORMACION . Son miembros de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos con carácter indelegable, el Ministro de Desarrollo Económico, el Ministro de Salud y la doctora Cecilia María Vélez White, como delegada del Presidente de la República. A las reuniones de la Comisión podrán asistir, a solicitud de la Secretaría Técnica y en calidad de invitados, representantes de otras entidades públicas y privadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 413 de 1994