Responsable del Régimen Simplificado que debe pasar al Régimen Común . A partir de la fecha en que el responsable del régimen simplificado incurra en la situación prevista en el literal a) del artículo anterior, está obligado a cumplir los deberes propios de los responsables del régimen común, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 508-1 del Estatuto Tributario. Otras disposiciones.
Decreto 380 de 1996 →Vigente
Artículo 16
Responsable Del Régimen Simplificado Que Debe Pasar Al Régimen Común
Decreto 380 de 1996 · por el cual se reglamenta parcialmente la ley 223 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.