Micelio

Artículo 1

Ley 76 de 1919 · por la cual se prorroga una cesión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación prorroga por el término de doce años la, cesión del usufructo del Puente de Girardot que la Ley 48 de 1909 hizo a los Municipios de Girardot y Espinal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 76 de 1919