º El Fondo Tabacalero de Compensación Tributaria liquidará las sumas globales que a título de reducción gradual del impuesto deben cancelar los responsables a su favor. Para este efecto se tomará la cifra total compensada en el bimestre por el Fondo Tabacalero de Compensación Tributaria a los departamentos y Distrito Capital de Santafé de Bogotá, y a ella se aplicará el porcentaje con el que cada responsable participó en las ventas de cigarrillos a nivel nacional durante el mismo período.
Decreto 2910 de 1994 →Vigente
Artículo 2
El Fondo Tabacalero De Compensación Tributaria Liquidará Las Sumas Globales Que A Título De Reducción Gradual Del Impuesto Deben Cancelar Los Responsables A Su Favor
Decreto 2910 de 1994 · por medio de la cual se reglamentan los artículos 1°, 6°, 7° y 10 del Decreto 1280 del 22 de junio de 1994
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.