El Gobierno hará las gestiones necesarias a fin de obtener que el Banco Agrícola Hipotecario y el Banco Central Hipotecario adquieran los créditos de amortización gradual garantizados con hipoteca que se constituya a favor de las Sociedades Seccionales de Crédito Agrario, a efecto de aumentar la capacidad prestataria de dichas Sociedades. En los arreglos que se celebren con este propósito, el Gobierno podrá permitir a los bancos la intervención que juzgue adecuada en la dirección de las Sociedades Seccionales, manteniendo el control de ellas por la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero
Ley 16 de 1936 →Vigente
Artículo 17
Ley 16 de 1936 · por la cual se dictan varias disposiciones sobre bancos, ahorros, crédito hipotecario y bolsas de valores
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.