Micelio

Artículo 273

Decreto 2278 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Titulo V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano, y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El estado avanzado de gestación y parto o aborto recientes, imponen el aplazamiento del sacrificio durante por lo menos diez (10) días, contados a partir del parto o del aborto, salvo que se trate de casos de urgencia, en los cuales, a juicio del Médico Veterinario Inspector y dependiendo del estado general, podrá aprobarse en forma definitiva o condicional para tratamiento por calor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2278 de 1982