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Artículo 21

Decreto 2618 de 2012 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Vigilancia y Control de Comunicaciones. Son funciones de la Subdirección de Vigilancia y Control de Comunicaciones, las siguientes

1.

Adelantar en coordinación con las autoridades competentes las acciones para la vigilancia y el control en la operación de redes y servicios de telecomunicaciones, distintos a radio, verificando que se cumplan bajo principios de calidad, eficiencia, oportunidad y de acceso progresivo de la población.

2.

Diseñar e implementar los mecanismos de vigilancia y control que permitan verificar el cumplimiento, por parte de los operadores y proveedores, de los indicadores de calidad de servicios y demás efectos deseados por la política del Ministerio para el Sector en el campo de las telecomunicaciones.

3.

Realizar las gestiones de verificación y control en relación con el cumplimiento por parte de los proveedores y operadores de servicios de sus obligaciones bajo los términos de la ley, normas reglamentarias y regulatorias relacionadas con condiciones y requisitos descritos en habilitación.

4.

Adelantar los procesos administrativos para sancionar a los operadores de telecomunicaciones cuando se han presentado fallas en la prestación de los servicios o incumplimientos frente a sus obligaciones bajo los términos de la ley y normas reglamentarias y regulatorias relacionadas con condiciones y requisitos descritos de su habilitación.

5.

Conformar los títulos ejecutivos necesarios para la ejecución coactiva de las obligaciones originadas en multas o sanciones impuestas por el Ministerio en desarrollo de las atribuciones de vigilancia y control.

6.

Ejecutar la implementación de planes, programas y procesos de prevención de incumplimientos de carácter técnico, jurídico y administrativo por parte de los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones, para disminuir los procesos de investigación que se adelanten.

7.

Diseñar y hacer seguimiento a los indicadores que permitan evidenciar los resultados e impactos de las acciones de la Subdirección a través de informes sectoriales.

8.

Proyectar actos administrativos e implementar procesos para sancionar a los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones, cuando se han presentado fallas en la prestación de los servicios o incumplimientos frente a la normatividad vigente.

9.

Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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