Planificación y Gestión del Personal de Salud para la Ruralidad. El Ministerio de Salud y Protección Social, en coordinación con las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales realizará la planificación y gestión del talento humano en salud y otros trabajadores del sector salud para la ruralidad, dando prioridad a las características y necesidades de las zonas rurales y rurales dispersas con el fin de superar las brechas existentes entre lo urbano y lo rural y lograr los resultados del PNSR. Para tal efecto se desarrollarán acciones relacionadas con: i) el aumento gradual y progresivo de plazas de Servicio Social Obligatorio (SSO) y escenarios de práctica formativa, ii) el fortalecimiento de las condiciones de empleo y trabajo digno y decente, iii) la generación de incentivos para la permanencia y iv) la integración con los procesos de construcción de escenarios de paz, reconciliación y reincorporación socioeconómica.
Decreto 780 de 2016 →Vigente
Artículo 2.13.3.3.1
Planificación Y Gestión Del Personal De Salud Para La Ruralidad
Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.