Cada uno de los Jefes de Departamento o División elaborará los proyectos de ley que estimen necesarios dentro de sus actividades, los cuales presentarán a la consideración del Ministerio juntamente con el informe de las labores realizadas, a más tardar el día 19 de junio de cada año.
Decreto 25 de 1947 →Vigente
Artículo 69
Cada Uno De Los Jefes De Departamento O División Elaborará Los Proyectos De Ley Que Estimen Necesarios Dentro De Sus Actividades, Los Cuales Presentarán A La Consideración Del Ministerio Juntamente Con El Informe De Las Labores Realizadas, A Más Tardar El Día 19 De Junio De Cada Año
Decreto 25 de 1947 · Por el cual se organiza el Ministerio de Higiene
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.