°. Programas al Amparo de los Sistemas Especiales de Importación- Exportación . Se podrán desarrollar los siguientes programas bajo los Sistemas Especiales de Importación-Exportación: Programas de Materias Primas e Insumos: 1.1. Programas en desarrollo de lo previsto en el artículo 172 del Decreto - Ley 444 de 1967 y demás normas concordantes. 1.2. Programas de maquila al amparo de lo previsto en el artículo 172 del Decreto - Ley 444 de 1967 y demás normas concordantes. 1.3. Programas en desarrollo de lo previsto en el artículo 173 literal b) del Decreto - Ley 444 de 1967 y demás normas concordantes, y 1.4. Programas de reposición conforme a lo señalado en el artículo 179 del Decreto - Ley 444 de 1967 y demás normas concordantes. 2. Programas de Bienes de Capital y Repuestos. 2.1. Programas al amparo de lo previsto en el artículo 173 literal c) del Decreto - Ley 444 de 1967 y demás normas concordantes, y 2.2. Programas al amparo de lo establecido en el artículo 174 del Decreto - Ley 444 de 1967 y demás normas concordantes. 3. Programas de Exportación de Servicios según lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 7ª de 1991. SECCIÓN 1 PROGRAMAS DE MATERIAS PRIMAS E INSUMOS
Decreto 285 de 2020 →Vigente
Artículo 5
Programas Al Amparo De Los Sistemas Especiales De Importación- Exportación
Decreto 285 de 2020 · por el cual se establecen las disposiciones que rigen los Sistemas Especiales de Importación-Exportación y se derogan los Decretos 2331 de 2001, 2099 y 2100 de 2008.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.