Transición de los recursos del Fompacarga al FOPAT. Una vez se constituya el FOPAT a través de la suscripción por parte del Ministerio de Transporte del contrato de fiducia mercantil con la sociedad fiduciaria seleccionada y se operativice la “Subcuenta Modernización de transporte de carga pesada”, los saldos pendientes por ejecutar del Fompacarga serán transferidos al FOPAT de conformidad con lo establecido en el artículo 253 de la Ley 2294 de 2023.
El Ministerio de Transporte adoptará las medidas necesarias para la transición del Fondo de Modernización del Parque Automotor de Carga Fompacarga al FOPAT reglamentado por el presente Título.
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