Micelio

Artículo 4

La Franquicia Para La Correspondencia, Impresos Y Telegramas Que Se Concede En Los Ordinales B) Y D) Del Artículo 1°, Durará Desde La Fecha De Este Decreto Hasta Que La Junta, Por Terminación De Sus Funciones, Devuelva Al Concejo Municipal Del Socorro Las Facultades De Que Está Investida, O El Gobierno Lo Disponga

Decreto 2205 de 1918 · Por el cual se reglamenta una franquicia postal y telegráfica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La franquicia para la correspondencia, impresos y telegramas que se concede en los ordinales b) y d) del artículo 1°, durará desde la fecha de este Decreto hasta que la Junta, por terminación de sus funciones, devuelva al Concejo Municipal del Socorro las facultades de que está investida, o el Gobierno lo disponga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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