° La franquicia para la correspondencia, impresos y telegramas que se concede en los ordinales b) y d) del artículo 1°, durará desde la fecha de este Decreto hasta que la Junta, por terminación de sus funciones, devuelva al Concejo Municipal del Socorro las facultades de que está investida, o el Gobierno lo disponga.
Decreto 2205 de 1918 →Vigente
Artículo 4
La Franquicia Para La Correspondencia, Impresos Y Telegramas Que Se Concede En Los Ordinales B) Y D) Del Artículo 1°, Durará Desde La Fecha De Este Decreto Hasta Que La Junta, Por Terminación De Sus Funciones, Devuelva Al Concejo Municipal Del Socorro Las Facultades De Que Está Investida, O El Gobierno Lo Disponga
Decreto 2205 de 1918 · Por el cual se reglamenta una franquicia postal y telegráfica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.