Micelio

Artículo 117

Si Las Oposiciones Prosperan Y Comprenden Parcialmente La Zona Pedida, Se Ordenará Su Reducción, Para Lo Cual Se Concederá El Término De Un (1) Mes; Presentados Los Nuevos Planos Y La Alinderación Correspondiente, Se Dispondrá La Entrega, Que Deberá Efectuarse Dentro De Los Dos (2) Meses Siguientes A La Ejecutoria De La Resolución

Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si las oposiciones prosperan y comprenden parcialmente la zona pedida, se ordenará su reducción, para lo cual se concederá el término de un (1) mes; presentados los nuevos planos y la alinderación correspondiente, se dispondrá la entrega, que deberá efectuarse dentro de los dos (2) meses siguientes a la ejecutoria de la resolución. Cuando la oposición comprenda totalmente la zona pedida y se declare fundada, se archivará el expediente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2477 de 1986