Micelio

Artículo 5

Compete A La Corporación Como Entidad Administradora Del Impuesto De Turismo, Proferir Actos Administrativos En Materia De Liquidación, Control Y Recaudo, Absolver Las Consultas Que Le Formulen Y Decidir Sobre La Inversión, Aplicación, Empleo O Destino Del Producto De Dicho Impuesto

Decreto 2951 de 1979 · Por el cual se reglamenta el artículo 24 de la ley 20 de 1979 sobre impuesto de turismo y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Compete a la Corporación como entidad administradora del impuesto de turismo, proferir actos administrativos en materia de liquidación, control y recaudo, absolver las consultas que le formulen y decidir sobre la inversión, aplicación, empleo o destino del producto de dicho impuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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