Micelio

Artículo 76

Decreto 150 de 1976 · Por el cual se dictan normas para la celebración de contratos por parte de la Nación y sus entidades descentralizadas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del arbitramento técnico. En los contratos de obra podrá pactarse el arbitramento técnico. El tercer árbitro será designado por la entidad gremial que tenga el carácter de "cuerpo consultivo del Gobierno". La misma entidad escogerá el árbitro de la parte que se negare a hacerlo dentro del tiempo convenido. Según el caso, los árbitros deberán ser ingenieros o arquitectos que hayan cumplido con todas las normas legales vigentes para el ejercicio de la profesión. CONTRATOS A PRECIO GLOBAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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