º CONDUCTAS SANCIONABLES. Serán sancionados los patronos y los trabajadores que incurran en las conductas que a continuación se señalan
Mora en el pago de las cotizaciones;
Incumplimiento del Reglamento de Registro Inscripción, Afiliación y Adscripción;
Retención de las cotizaciones descontadas a los asalariados y no pagadas oportunamente;
Pago de las cotizaciones por salarios inferiores a los efectivamente percibidos;
Incumplimiento en el registro e inscripción oportuno de empresas y trabajadores;
Incumplimiento o inexactitud en la remisión de las novedades, de los informes y documentos que sean solicitados;
Incumplimiento de los Reglamentos Generales de los Seguros Sociales;
No sometimiento a las revisiones, exámenes y prescripciones médicas obligatorias;
Incumplimiento de las normas sobre Seguridad e Higiene Industrial y Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales;
Cualquier acto u omisión que cause perjuicios al ISS, al Estado o a los asegurados;
Adulteración de documentos, o certificados, o presentación de documentos falsificados, ante el ISS y,
Agresiones y faltas de respeto de los patronos, afiliados y derechohabientes, contra los funcionarios del ISS que se encuentren en ejercicio de sus funciones.