Micelio

Artículo 6

º Conductas Sancionables

Decreto 2665 de 1988 · Por el cual se expide el Reglamento General de Sanciones, Cobranzas y Procedimientos del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º CONDUCTAS SANCIONABLES. Serán sancionados los patronos y los trabajadores que incurran en las conductas que a continuación se señalan

a)

Mora en el pago de las cotizaciones;

b)

Incumplimiento del Reglamento de Registro Inscripción, Afiliación y Adscripción;

c)

Retención de las cotizaciones descontadas a los asalariados y no pagadas oportunamente;

d)

Pago de las cotizaciones por salarios inferiores a los efectivamente percibidos;

e)

Incumplimiento en el registro e inscripción oportuno de empresas y trabajadores;

f)

Incumplimiento o inexactitud en la remisión de las novedades, de los informes y documentos que sean solicitados;

g)

Incumplimiento de los Reglamentos Generales de los Seguros Sociales;

h)

No sometimiento a las revisiones, exámenes y prescripciones médicas obligatorias;

i)

Incumplimiento de las normas sobre Seguridad e Higiene Industrial y Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales;

j)

Cualquier acto u omisión que cause perjuicios al ISS, al Estado o a los asegurados;

k)

Adulteración de documentos, o certificados, o presentación de documentos falsificados, ante el ISS y,

l)

Agresiones y faltas de respeto de los patronos, afiliados y derechohabientes, contra los funcionarios del ISS que se encuentren en ejercicio de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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