Micelio

Artículo 7

º La Junta Directiva Del Instituto Colombiano De La Juventud Y El Deporte, Coldeportes, Elaborará Un Cuaderno De Requisitos, Referido A Aspectos Técnicos, Financieros Y Organizativos Que Deben Cumplir Las Ciudades Candidatas Y Designará Una Comisión De Inspección De Cinco (5) Personas De Reconocido Prestigio En Los Campos Del Urbanismo Y El Deporte, La Que Previo El Examen De Los Documentos Presentados Y Mediante Sistema De Puntaje, Que La Misma Comisión Reglamentará, Elaborará Una Lista De Ciudades Por Escala De Méritos Para Que La Junta Directiva Pueda Hacer Las Designaciones Con Criterios Técnicos

Decreto 379 de 1985 · Por el cual se reglamenta parcialmente el art?culo 44 del Decreto n?mero 2845 de 1984, y se dictan disposiciones sobre los Juegos Deportivos NCIONALES

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes, elaborará un cuaderno de requisitos, referido a aspectos técnicos, financieros y organizativos que deben cumplir las ciudades candidatas y designará una comisión de inspección de cinco (5) personas de reconocido prestigio en los campos del urbanismo y el deporte, la que previo el examen de los documentos presentados y mediante sistema de puntaje, que la misma comisión reglamentará, elaborará una lista de ciudades por escala de méritos para que la Junta Directiva pueda hacer las designaciones con criterios técnicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 379 de 1985