Micelio

Artículo 15

En Los Cinco Primeros Días De Cada Mes, Las Oficinas De Los Encargados De Depósitos De Armamento, Serán Visitadas En Bogotá Por El Director Del Material De Guerra, Y En Los Demás Lugares, Por Los Respectivos Comandantes De Guarnición

Decreto 1077 de 1924 · Por el cual se reglamentan los depósitos de armamento y se dispone la manera como deben rendirse las cuentas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los cinco primeros días de cada mes, las oficinas de los encargados de depósitos de armamento, serán visitadas en Bogotá por el Director del Material de Guerra, y en los demás lugares, por los respectivos Comandantes de guarnición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1077 de 1924