Micelio

Artículo 17

Ley 11 de 1908 · Sobre elecciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Distritos Municipales que según la Constitución forman Distritos Electorales separadamente, elegirán el Representante ó Representantes que les correspondan según su población, y en ellos habrá una Junta Electoral nombrada como las otras, que hará el escrutinio de los votos emitidos antes los Jurados de votación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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