Micelio

Artículo 5

Las Autoridades Indicadas En El Artículo Anterior A Fin De Evitar Las Violaciones A Las Normas Prescritas En Este Decreto, Deberán Tomar Las Medidas Preventivas Requeridas, Tales Como Retiro De La Licencia De Conducción Y/O Inmovilización Del Vehículo Según El Caso; Asimismo Podrán Impedir El Despacho De Vehículos Cuando Las Circunstancias Así Lo Aconsejaren

Decreto 167 de 1972 · Por el cual se dictan algunas normas de seguridad para el servicio público de transporte y otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las autoridades indicadas en el artículo anterior a fin de evitar las violaciones a las normas prescritas en este Decreto, deberán tomar las medidas preventivas requeridas, tales como retiro de la licencia de conducción y/o inmovilización del vehículo según el caso; asimismo podrán impedir el despacho de vehículos cuando las circunstancias así lo aconsejaren.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 167 de 1972