Art. 46. Las corporaciones, empleados ó funcionarios públicos que extiendan en papel común los actos, documentos ó diligencias que deben extenderse en papel sellado ó en papel con estampilla de Timbre Nacional, ó que usen papel ó estampillas de clase inferior á los prevenidos en este Decreto sufrirán la pena de que trata el artículo anterior, que les impondrá también la autoridad superior que tengo conocimiento del hecho.
Decreto 192 de 1903 →Vigente
Artículo 46
Decreto 192 de 1903 · Sobre Impuestos de papel sellado y Timbre nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.