Micelio

Artículo 7

Las Libranzas Que Los Cajeros Internos De Los Lazaretos Giren A Cargo De Los Cajeros Externos De Los Mismos Y A Favor De Particulares, No Causan Impuesto, Pero Sí Las Que Extiendan Estos Últimos A Cargo De La Tesorería General De La República Y A Favor De Los Particulares

Decreto 1696 de 1932 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 92 del año en curso, en lo relacionado con el impuesto de timbre nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las libranzas que los Cajeros internos de los Lazaretos giren a cargo de los Cajeros externos de los mismos y a favor de particulares, no causan impuesto, pero sí las que extiendan estos últimos a cargo de la Tesorería General de la República y a favor de los particulares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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