Micelio

Artículo 929

Decreto 624 de 1989 · Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

FONDO DE DIVULGACIÓN TRIBUTARIO. Son recursos del Fondo de Divulgación Tributaria

a)

El producto de la venta de impresos y demás publicaciones hechas por la Dirección General de Impuestos Nacionales;

b)

Las partidas que dentro del Presupuesto nacional se asignen al Fondo de Divulgación Tributaria para atender los gastos de funcionamiento e inversión, de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

c)

Los demás bienes que se le asignen al Fondo a cualquier título.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 624 de 1989