Micelio

Artículo 4

Los Vehículos Importados De Conformidad Con Lo Establecido En El Presente Decreto Serán Matriculados Ante Autoridad Competente Dentro De Los Cuarenta Y Cinco (45) Días Siguientes A Su Adjudicación Por Parte De La Corporación Financiera Del Transporte, Con El Cumplimiento De Los Trámites Y Requisitos Exigidos Por Las Disposiciones Vigentes

Decreto 1464 de 1973 · Por el cual se modifica el gravamen arancelario para los vehículos tipo Taxi, destinados al servicio público y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los vehículos importados de conformidad con lo establecido en el presente Decreto serán matriculados ante autoridad competente dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a su adjudicación por parte de la Corporación Financiera del Transporte, con el cumplimiento de los trámites y requisitos exigidos por las disposiciones vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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