Funciones de los comités para la consolidación y reconstrucción territorial . Son funciones de los Comités para la Consolidación y Reconstrucción Territorial, las siguientes
Diseñar los lineamientos técnicos mínimos que deberán contener los Planes de Acción Regionales de la PNCRT.
Presentar al Comité Directivo los criterios para la articulación de recursos en los presupuestos de cada entidad, destinados a la ejecución de los Planes de Acción Regionales correspondientes a la implementación de la PNCRT.
Concertar los compromisos intersectoriales y las prioridades para la ejecución de la PNCRT.
Señalar los lineamientos para formalizar los compromisos y acuerdos concertados con las diferentes entidades.
Hacer seguimiento y monitoreo de los compromisos intersectoriales para el cumplimiento de los objetivos estratégicos en las zonas focalizadas por la PNCRT, establecidos en los Planes de Acción Regionales de la PNCRT.
Verificar las partidas que fueron incluidas en los presupuestos de cada entidad para el cumplimiento de los Planes de Acción Regionales de la PNCRT, y hacer seguimiento a su ejecución en el territorio.
Acordar y proponer orientaciones y ajustes de la oferta institucional teniendo en cuenta las realidades, condiciones y necesidades propias de las regiones focalizadas por la PNCRT.
Difundir la información pertinente sobre la PNCRT, con el fin de que se apropien de sus principios y ofrezcan el debido apoyo al desarrollo de esta Política.
Identificar actores e instituciones que por su relevancia y significado puedan contribuir al desarrollo de la PNCRT, para involucrarlos en el proceso.
Impartir instrucciones generales y solicitar los informes que estime convenientes a la Secretaría Técnica.
Apoyar la cooperación y coordinación de acciones con los entes territoriales, sector privado y otros actores de la sociedad civil para la ejecución y logro de los objetivos estratégicos de la PNCRT.
Apoyar los mecanismos para la cooperación y coordinación de acciones con las entidades públicas y privadas internacionales, en el marco de la agenda de cooperación internacional coordinada por la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial.
Realizar el seguimiento al Plan Nacional de Erradicación de Cultivos Ilícitos, con el fin de articular este esfuerzo con la PNCRT.
Realizar recomendaciones al Consejo de Seguridad Nacional o quien haga sus veces, en los temas relacionados con la PNCRT.
Expedir su propio reglamento. (Decreto 1894 de 2013, artículo 10)