Micelio

Artículo 13

Evaluación De Propuestas

Decreto 4190 de 2007 · por el cual se establece el procedimiento para otorgar el permiso de prestación del servicio público de transporte terrestre automotor mixto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Evaluación de propuestas. La evaluación de las propuestas se hará teniendo en cuenta los siguientes factores: A. Edad promedio del parque automotor ofrecido La edad promedio del parque automotor ofrecido deberá ser menor o igual que la edad base (EB) máxima que en cada caso se determine en los términos de referencia. Para determinar el cumplimiento de este requisito se tendrá en cuenta el promedio ponderado por clase de vehículo de la edad de los equipos ofrecidos por el proponente de acuerdo con la siguiente fórmula: Donde: Para calificar este factor se les otorgará el puntaje de acuerdo con la siguiente tabla: EDAD PROMEDIO PONDERADA DEL PARQUE AUTOMOTOR OFRECIDO (EPPO) PUNTOS A ASIGNAR Entre 0% y 25% de EB 100 Entre 25.01% y 50% de EB 75 Entre 50.01% y 75% de EB 50 Entre 75.01 % y 100% de EB 25 Mayor a EB No se estima la propuesta

Parágrafo

La edad base máxima de los vehículos no podrá ser superior a veinte (20) años, excepto los camperos y buses escaleras de acuerdo con lo previsto en la Ley 276 de 1996. B. Participación del parque automotor registrado en el servicio público mixto El proponente que garantice la vinculación de vehículos que vienen prestando el servicio público de transporte terrestre automotor mixto, se calificará de la siguiente manera: PARTICIPACION DEL PARQUEAUTOMOTOR REGISTRADO EN ELSERVICIO MIXTO PUNTOS A ASIGNAR Mayor al 80% del PATO 100 Entre 60.01% y 80% del PATO 80 Entre 40.01% y el 60% del PATO 60 Entre 20.01% y el 40% del PATO 40 Menor o igual al 20% del PATO 20 Donde: PATO = Parque automotor total ofrecido C. Seguridad Este factor se evaluará teniendo en cuenta para ello el número de accidentes con muertos ocurridos durante el año inmediatamente anterior contado a partir de la fecha de apertura del concurso, de acuerdo con la siguiente tabla: NUMERO DE ACCIDENTES CON MUERTOS DURANTE EL ULTIMO AÑO PUNTOS A ASIGNAR 0 100 1 60 2 30 Más de 2 0 Las empresas nuevas en la modalidad mixto se calificarán con cien (100) puntos. D. Experiencia en la modalidad de servicio público de transporte terrestre automotor mixto La experiencia se acreditará a través del acto Administrativo que le otorgó habilitación para esta modalidad y los puntos a asignar se harán conforme a la siguiente tabla: EXPERIENCIA PUNTOS A ASIGNAR Más de 10 años 100 Más de 5 a 10 años 80 Más de 2 a 5 años 60 Más de 1 a 2 años 40 De cero (0) a un (1) año 20 E. Experiencia en la zona de operación La experiencia acreditada en este literal debe corresponder a la prestación de servicios de transporte mixto dentro de la zona de operación a adjudicar, quien la acredite se le asignarán cien (100) puntos. Las empresas nuevas que tengan domicilio principal dentro de la zona de operación a adjudicar se le asignará cincuenta (50) puntos. Las empresas nuevas con domicilio principal fuera de la zona de operación a adjudicar y los proponentes que no hayan prestado servicio público de transporte mixto en la zona de operación se calificarán con cero (0) puntos. La experiencia relacionada de que trata el inciso primero de este literal será acreditada con las autorizaciones otorgadas en aplicación del Decreto 175 de 2001 y las demás normas que han regido esta modalidad de servicio. F. Programas para la selección, evaluación y capacitación de conductores Este factor se acreditará mediante certificaciones donde se demuestre que

1.

La empresa proponente aplicará para la selección de conductores el manual de perfiles y requisitos, que para el efecto establezca, incluyendo criterios de calificación de idoneidad y exámenes psicotécnicos: 30 puntos.

2.

La empresa proponente aplicará un sistema de control y seguimiento a las condiciones psicotécnicas y de salud ocupacional del personal de conductores: 30 puntos.

3.

La empresa proponente capacitará, dentro del año calendario siguiente al concurso, al personal de conductores con una intensidad mínima de 40 horas: 40 puntos. Quien no acredite los anteriores requisitos se asignarán cero (o) puntos para cada uno de los numerales de este literal. G. Naturaleza de la empresa Este factor se califica así: - Empresas asociativas del sector solidario o cooperativas de transporte terrestre automotor: 10 puntos. - Otro tipo de sociedad: 0 puntos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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