Micelio

Artículo 7

Son Funciones De La Junta Directiva: A) Elaborar Los Planes Y Programas Necesarios Para El Cumplimiento De Las Funciones Del Establecimiento, De Acuerdo Con Las Políticas De Salud Del Ministerio De Salud Y Las Disposiciones Legales Vigentes; B) Adoptar Los Estatutos Del Sanatorio Y Cualquier Reforma Que A Ellos Se Introduzca, Sometiéndolos A Aprobación Del Gobierno Nacional; C) Aprobar El Reglamento Interno Del Sanatorio; D) Aprobar El Presupuesto Anual Del Sanatorio Y Autorizar Los Traslados, Reservas Y Demás Modificaciones A Que Hubiere Lugar En El Presupuesto De La Entidad, Según Disposiciones Que Rijan La Materia; E) Autorizar Todo Acto O Contrato Cuya Cuantía Exceda A $ 500 000

Decreto 2546 de 1983 · por el cual se aprueban los Estatutos del Sanatario de Agua de Dios, Cundinamarca.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son funciones de la Junta Directiva

a)

Elaborar los planes y programas necesarios para el cumplimiento de las funciones del establecimiento, de acuerdo con las políticas de salud del Ministerio de Salud y las disposiciones legales vigentes;

b)

Adoptar los Estatutos del Sanatorio y cualquier reforma que a ellos se introduzca, sometiéndolos a aprobación del Gobierno Nacional;

c)

Aprobar el reglamento interno del Sanatorio;

d)

Aprobar el presupuesto anual del Sanatorio y autorizar los traslados, reservas y demás modificaciones a que hubiere lugar en el presupuesto de la entidad, según disposiciones que rijan la materia;

e)

Autorizar todo acto o contrato cuya cuantía exceda a $ 500 000.00;

f)

Determinar la organización interna del Sanatorio;

g)

Delegar en el Director por tiempo determinado, algunas de sus funciones;

h)

Efectuar los nombramientos de los médicos, odontólogos, bacteriólogos y demás personal profesional al servicio del Sanatorio;

i)

Las demás que le asignen las disposiciones legales y reglamentarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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