Micelio

Artículo 2

Ley 130 de 1985 · Por medio de la cual se actualizan las normas sobre vivienda obrera en los municipios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las apropiaciones de que trata el artículo anterior podrán destinarse, además, a los siguientes fines complementarios de la vivienda:

1.

La inversión en títulos valores representados en bonos u otras inversiones, emitidos por el Banco Central Hipotecario, mientras se destinen estas apropiaciones a programas específicos de vivienda popular.

2.

La adquisición de terrenos para conformar zonas de reserva destinadas a proyectos de vivienda. 3

El establecimiento de centros de acopio de materiales básicos de construcción, para coadyuvar programas de vivienda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 130 de 1985