º Las letras de cambio que, en desarrollo de lo dispuesto por el literal h) del artículo 6º del Decreto 1970 de 1979, acepten las compañías de financiamiento comercial tendrán un plazo de vencimiento no superior a seis meses, serán libremente negociables, no renovables y sólo podrán originarse en transacciones de compraventa de bienes en el interior.
Decreto 2517 de 1987 →Vigente
Artículo 2
º Las Letras De Cambio Que, En Desarrollo De Lo Dispuesto Por El Literal H) Del Artículo 6º Del Decreto 1970 De 1979, Acepten Las Compañías De Financiamiento Comercial Tendrán Un Plazo De Vencimiento No Superior A Seis Meses, Serán Libremente Negociables, No Renovables Y Sólo Podrán Originarse En Transacciones De Compraventa De Bienes En El Interior
Decreto 2517 de 1987 · por el cual se dictan normas sobre CompañÃas de Financiamiento Comercial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.