Artículo veintiséis. Las atribuciones que por los artículos anteriores se confieren al representante de los propietarios son de simple colaboración y fiscalización, y en ningún caso limitan ni coartan la autonomía administrativa y fiscal de la CVC. Por consiguiente el presupuesto de las obras, la distribución del impuesto y la inversión de los fondos no requieren, para su validez, la aprobación de dicho representante.
Decreto 703 de 1958 →Vigente
Artículo 26
Decreto 703 de 1958 · por el cual se reglamenta la tasación, distribución y cobro del impuesto de valorización de las obras de desecación, defensa y recuperación de las tierras de "Aguablanca".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.