El fiscal, para los asuntos de que conocen los Consejos de Guerra Superiores y Verbales, será un oficial superior. En los demás casos, el fiscal podrá ser un oficial superior o Capitán. En ningún caso podrá ser fiscal un oficial de menor graduación o menos antiguo que el sindicado o presuntos sindicados.
Decreto 1125 de 1950 →Vigente
Artículo 67
El Fiscal, Para Los Asuntos De Que Conocen Los Consejos De Guerra Superiores Y Verbales, Será Un Oficial Superior
Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.