Micelio

Artículo 2

Los Gastos Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Cubrirán Con Imputación A Las Respectivas Partidas, Destinados En La Ley De Apropiaciones De La Vigencia En Curso Para Las Obras De Arreglo Y Adaptación Del Capitolio Nacional, Y Serán Reintegradas A Las Correspondientes Entidades Por La Caja De Previsión Social De Los Empleados Y Obreros Nacionales, De Conformidad Con Lo Dispuesto Por El Artículo 1° Del Decreto 3155 De 1945

Decreto 989 de 1946 · Por el cual se dicta una disposición sobre pago de cesantía a los trabajadores al servicio de las obras de arreglo y adaptación del Capitolio Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se cubrirán con imputación a las respectivas partidas, destinados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso para las obras de arreglo y adaptación del Capitolio Nacional, y serán reintegradas a las correspondientes entidades por la Caja de Previsión Social de los Empleados y Obreros Nacionales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto 3155 de 1945. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 989 de 1946