Micelio

Artículo 10

Actas

Decreto 1660 de 2019 · por el cual se reglamenta la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora del Ministerio de Educación Nacional para la enseñanza de la Historia de Colombia, y se adiciona un artículo al Título 3, Parte 1, Libro 1 del Decreto número 1075 de 2015.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Actas . De las sesiones de la Comisión Asesora se dejará constancia en actas que serán aprobadas por todos sus miembros y suscritas por el Presidente (a) y el Secretario (a) Técnico (a). El acta aprobada será la base constitutiva para expedir las recomendaciones a que haya lugar. El proyecto de acta será enviado por la Secretaría Técnica a los miembros de la Comisión Asesora para su revisión y aprobación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la realización de la respectiva sesión. Los miembros de la Comisión Asesora podrán efectuar las observaciones que consideren oportunas o manifestar por escrito y en forma expresa que imparten su aprobación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del proyecto de acta. La ausencia de manifestación dentro del término señalado será interpretada como aprobación por el miembro respectivo. El medio y forma de presentación de observaciones será definida en el reglamento interno de la Comisión. En el evento de recibir observaciones, estas deben ser atendidas por el Secretario (a) Técnico (a) dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de las mismas, al cabo de los cuales debe poner en consideración de los miembros de la Comisión Asesora el proyecto de acta que contenga dichas observaciones para su aprobación, la cual debe efectuarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su recibo. La ausencia de manifestación dentro del término señalado será interpretada como aprobación por parte del miembro respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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