Micelio

Artículo 2.5.1.4.7

Período De Los Delegados

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Período de los delegados. El período de representación de los delegados de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras al Espacio Nacional de Consulta Previa será institucional de cuatro (4) años.

Parágrafo

transitorio. Para el caso del primer período de los delegados elegidos para la conformación e instalación de dicho espacio y en el marco de la autonomía de los pueblos, su período culmina el 31 de mayo de 2023.

El proceso de elección de los delegados de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras para un nuevo período, iniciará en el mes de abril de 2023 y su período institucional comenzará el 1° de junio de 2023, sin necesidad de un acto formal de instalación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.5.1.4.7.Período de los delegados. El período de representación de los delegados de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras al Espacio Nacional de Consulta Previa será institucional de cuatro (4) años.

Parágrafo

transitorio: Para el caso del primer período de los delegados elegidos para la conformación e instalación de dicho espacio y en el marco de la autonomía de los pueblos, su período culmina el 30 de septiembre de 2022.

El proceso de elección de los delegados de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y Palenqueras para un nuevo período, iniciará en el mes de julio de 2022 y su período institucional comenzará el 1 de octubre de 2022, sin necesidad de un acto formal de instalación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.5.1.4.7.Período de los delegados. El período de representación de los delegados de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras al Espacio Nacional de Consulta Previa será institucional de cuatro (4) años.

Parágrafo

transitorio: Para el caso del primer período de los delegados elegidos para la conformación e instalación de dicho espacio y en el marco de la autonomía de los pueblos, su período culmina el 30 de septiembre de 2021.

El proceso de elección de los delegados de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras para un nuevo período, iniciará en el mes de julio de 2021 y su período institucional comenzará el 1 de octubre de 2021 sin necesidad de un acto formal de instalación

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.5.1.4.7.Período de los delegados. El período de representación de los delegados de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras al Espacio Nacional de Consulta Previa será institucional de cuatro (4) años.

Parágrafo

Transitorio: Para el caso del primer período de los delegados elegidos para la conformación e instalación de dicho espacio y en el marco de la autonomía de los pueblos, su período culmina el 31 de diciembre de 2020.

El proceso de elección de los delegados de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras para un nuevo período, iniciará en el mes de octubre de 2020 y su período comenzará el 1 de enero de 2021 sin necesidad de un acto formal de instalación

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.5.1.4.7.Período de los delegados. El período de representación de los delegados de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras al Espacio Nacional de Consulta Previa será institucional de cuatro (4) años.

Parágrafo

transitorio: Para el caso del primer periodo de los delegados elegidos para la conformación e instalación de dicho espacio y en el marco de la autonomía de los pueblos, su periodo culmina el 30 de marzo de 2020.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015