En La Parte Resolutiva De Las Decisiones Adoptadas Por Las Comisiones Del Servicio Civil, Por Las Comisiones De Personal Y Por Los Jefes De Las Unidades De Personal Sobre Los Asuntos De Su Competencia, Se Indicarán Los Recursos Que De Conformidad Con El Presente Decreto Proceden Contra Las Mismas, El Empleado, Órgano U Organismos Ante Quien Deben Interponerse Y Los Plazos Para Hacerlo
Decreto 1568 de 1998 · por el cual se dicta el régimen procedimental especial de las actuaciones administrativas que deben surtirse ante y por los organismos y autoridades que conforman el Sistema Nacional de Carrera Administrativa y de la Función Pública.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
En la parte resolutiva de las decisiones adoptadas por las Comisiones del Servicio Civil, por las Comisiones de Personal y por los Jefes de las Unidades de Personal sobre los asuntos de su competencia, se indicarán los recursos que de conformidad con el presente decreto proceden contra las mismas, el empleado, órgano u organismos ante quien deben interponerse y los plazos para hacerlo.
Parágrafo 1
Los recursos se concederán en el efecto suspensivo.
Parágrafo 2
Con las decisiones ejecutoriadas de las Comisiones del Servicio Civil y de los demás órganos previstos en la Ley 443 de 1998 se entenderá agotada la vía gubernativa.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.