Vigencia . El presente Decreto entrará a regir a partir del 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021.
Decreto 1756 de 2020 →Vigente
Artículo 2
Vigencia
Decreto 1756 de 2020 · "Por el cual se adiciona la Sección 2 al Capítulo 46 del Libro 2 de la Parte 2 del Título 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario edel Sector Comercio, Industria y Turismo"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.