Micelio

Artículo 46

En El Mes De Enero De Cada Año Los Cónsules Enviarán Los Libros Del Registro Civil Por Conducto Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Al Notario 1° De La Capital De La República, Dejando En El Archivo De Consulado Copias De Los Asientos Respectivos

Decreto 1003 de 1939 · Por el cual se reglamenta la Ley 92 de 1938, sobre registro civil de las personas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el mes de enero de cada año los Cónsules enviarán los libros del registro civil por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Notario 1° de la capital de la República, dejando en el archivo de Consulado copias de los asientos respectivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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