Micelio

Artículo 17

El Habilitado Del Cuartel General De La Gendarmería Pasará Mensualmente Á Cada Gobernación Una Libranza Por Los Gastos De Personal, Ó Sea Por Los Sueldos De Los Jefes, Oficiales Y Gendarmes Al Servicio Del Respectivo Departamento, De Que Trata El Artículo 8

Decreto 35 de 1906 · Por el cual se crea el Cuerpo de Gendarmería nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Habilitado del Cuartel general de la Gendarmería pasará mensualmente á cada Gobernación una libranza por los gastos de personal, ó sea por los sueldos de los Jefes, Oficiales y Gendarmes al servicio del respectivo Departamento, de que trata el artículo 8.°. en su inciso b ), así como también por los gastos del respectivo material.

Parágrafo

La libranza del Habilitado deberá ir refrendada por el primer Jefe y en su defecto por el segundo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 35 de 1906