Gastos de funcionamiento de las Asambleas Departamentales . Las Asambleas de los nuevos departamentos podrán apropiar anualmente para los gastos de su funcionamiento una suma que no podrá exceder, en términos constantes, del valor asignado en el presupuesto de las antiguas Intendencias y Comisarias para la vigencia fiscal de 1991 con destino a los gastos de funcionamiento de sus respectivos consejos, aumentado dicho valor, por una sola vez, en una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del mismo.
Decreto 2274 de 1991 →Vigente
Artículo 14
Decreto 2274 de 1991 · por el cual se dictan normas tendientes a asegurar la debida organización y funcionamiento de las entidades territoriales erigidas como departamentos en la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.