Micelio

Artículo 29

Decreto 1890 de 1995 · Por el cual se reglamentan los artículos 130 y 236 de la Ley 100 de 1993

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fondo de Previsión Social del Congreso. El Fondo de Previsión Social del Congreso de la República se sujetará a lo dispuesto por el artículo 130 de la Ley 100 de 1993. En desarrollo de lo anterior se le aplicarán en lo pertinente los artículos 4º, 5º y 6º de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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